La moral mariana
A quién hay que tributar honor
Congregación para el Clero. Santa Sede Vaticano
Es natural que las personas superiores bajo cualquier respecto sean merecedoras de especial consideración, por lo menos en el aspecto en que son superiores. Así el cuarto precepto de la Ley Divina, que nos ordena tributar el honor debido a cuantos tienen autoridad, refrenda esa orden de la ley natural impresa en el corazón humano, que lo inclina a tributar el homenaje debido a la autoridad. Por otra parte, la justicia, virtud cardinal que nos lleva a tributar a cada uno el homenaje que le pertenece, nos manda rendir honor, es decir, reconocimiento de la excelencia de quien es superior. El culto viene a ser el honor que se tributa a una persona por razón de su excelencia.
Por consiguiente, serán dignas de culto todas aquellas personas o cosas que tienen en sí alguna excelencia.
Fuente: clerus.org
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